REFLEXIONES ACERCA DE LA LLAMADA “REFORMA JUDICIAL”

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Se ha conocido en estos días que veinticinco años después de ocurridos los hechos, el ex Presidente Menem va a ser juzgado por la supuesta comisión del delito de estrago doloso en carácter de autor mediato. Todo ello, con motivo de la voladura de la Fábrica Militar de Río Tercero. Aquel atentado, que arrojó 7 muertos, un número importante de heridos y cuantiosos daños materiales, sucedió en noviembre de 1995.

Por un juicio celebrado en 2014, pudo determinarse que la explosión fue provocada para encubrir una delictiva provisión de armas a Ecuador y Croacia respectivamente.  Se dictaron condenas a cuatro oficiales superiores de aquella unidad militar. De cualquier manera no puede negarse, tal como en otras causas, la endémica morosidad de la justicia federal argentina. Desde tal perspectiva es innegable que se impone una reforma judicial, aunque no la que se nos propone.

Según el proyecto oficial, con media sanción del Senado al momento de escribirse estas líneas, los doce juzgados actuales de Comodoro Py, se sumarán a los once Juzgados en lo Penal Económico, constituyendo veintitrés juzgados con idénticas competencias. A estos se agregarán veintitrés Juzgados más en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con lo cual habrá cuarenta y seis Juzgados Federales en aquel distrito del país. Todo ello supone, según se admite oficialmente, la creación de novecientos ocho cargos nuevos, entre jueces, fiscales y la cobertura de las Secretarías con más el personal auxiliar correspondiente.

El proyecto también contempla la creación de un número determinado de Juzgados Federales en el interior del país, a lo que se agrega que en la Justicia Federal de algunas provincias habrá Secretarías de Defensa del Consumidor y del Medio Ambiente.

Se trata de una erogación enorme con la economía en picada y es aquí una vez más, donde se demuestra que el pez por la boca muere. Mientras se anuncia tan ambicioso proyecto, la Oficina Anticorrupción que tiene importantísimas tareas que cumplir, anticipa que ya no se ocupará más de actuar como querellante en las causas relacionadas con la corrupción por “falta de personal”, es decir que en medio del gigantesco gasto previsto no habrá plata para sostener las querellas contra Cristina y sus acólitos acusados por distintos delitos.

Por otro lado, los veintitrés nuevos juzgados federales serán cubiertos inicialmente por otros tantos jueces interinos que provendrán de una lista que elaborará la Cámara Nacional de Casación, la cual deberá pasar luego por el tamiz de los dos tercios del Consejo de la Magistratura, y del Poder Ejecutivo, antes de llegar al Senado. Esta posibilidad de conseguir jueces interinos “al gusto” no es tan sencilla como puede apreciarse. Por lo demás, el art. 14 de la ley de subrogancias establece claramente que “será nula, de nulidad absoluta, la designación de un juez subrogante para desempeñar funciones en un juzgado o tribunal que no hubiese contado previamente con magistrados designados conforme al procedimiento constitucional ordinario”.

Es decir entonces que los sostenedores de la reforma, si quieren cubrir los cargos interinos, tendrán que lograr la derogación del actual art. 14 de la mencionada ley de subrogancias. Solamente así tendrían la posibilidad de cubrir tales vacantes con jueces interinos. Logrado este objetivo, ya podrían entonces recusar y plantear nulidades a los jueces que actualmente investigan a la ex Presidente, sus funcionarios y familiares. Las causas son múltiples y aunque el proyecto oficial no lo diga, el propósito de impunidad “va por todo”.

En ese contexto, con recusaciones y nulidades amañadas, ya sería más fácil hacer recaer los expedientes en los jueces interinos, que por su misma designación y carencia de estabilidad, actuarían casi siempre condicionados, carentes de la indispensable independencia o bien direccionados políticamente.

Ello es más visible todavía, si se analizan los temas complementarios al proyecto que tiene media sanción en el Senado. Son las cuestiones que dependen de las propuestas que elabore una Comisión Asesora donde actúa impertérrito el abogado defensor de Cristina Kirchner, el penalista Carlos Beraldi. No se le mueve un músculo ni se pone colorado.

Ahí se plantean tres objetivos fundamentales:

1- elevar el número de miembros de la Corte y lograr una mayoría complaciente con el gobierno.

2- remover al actual Procurador Dr. Casal, de correctísimo desempeño en reemplazo de Gills Carbó, y apoderarse de tal manera del Ministerio Público Fiscal.

3- dominar el Consejo de la Magistratura previsto por el art. 114 de la Constitución Nacional que tiene por objeto seleccionar los jueces y fiscales de la Nación y administrar el Poder Judicial Federal.

La norma constitucional postula un organismo que se renueve periódicamente y donde exista “equilibrio entre la representación de los órganos políticos resultantes de la elección popular, de los jueces de todas las instancias y de los abogados que tengan matrícula federal. El texto del artículo dice también que el Consejo de la Magistratura “será integrado asimismo, por otras personas del  ámbito académico y científico, en el número y la forma que indique la ley”. Lamentablemente en la ley que regula el Consejo, se le ha dado preeminencia a la representación política en detrimento de la de los jueces, los abogados y los académicos y científicos del Derecho. Actualmente los miembros que vienen de la política son siete: un representante del Poder Ejecutivo; tres senadores nacionales; dos por la mayoría y uno por la primera minoría; con igual criterio hay dos diputados nacionales representativos de la fuerza mayoritaria y uno por el bloque opositor más fuerte. En cambio los jueces federales disponen de tres plazas, los abogados matriculados son dos y hay un solo representante del ámbito científico y académico. Cada uno de los miembros ajenos a la procedencia política es elegido por sus respectivos estamentos.

Como si este predominio de la política no fuera suficiente, en su mensaje al Congreso Nacional del año 2013, la entonces Presidente Fernández de Kirchner propuso que los consejeros de la Magistratura de cualquier estamento, se elijan por mecanismos “que expresen más fielmente la voluntad popular, fuente de toda soberanía y legitimidad democráticas”. O sea se postula la politización total del Consejo por sobre los estamentos idóneos en la materia. En la misma dirección y en la misma época Diana Conti dijo: “en la democracia la mayoría gobierna en los tres poderes”.

Mientras el kirchnerismo, versión actual del peronismo, pretende semejante hegemonía, en el mundo republicano, en los países de sociedades avanzadas, cada día se impone más el concepto de que el Poder Judicial debe ser idóneo, independiente, imparcial e incluso contramayoritario para proteger a las minorías políticas, raciales, sexuales o religiosas cada vez que sean perseguidas.

El Poder Judicial está concebido para controlar al Poder Político y no para someterse a sus dictados.

Las urgencias de la ex Presidente se comprenden: son muchas las causas que incriminan a ella y a sus ex funcionarios.

En una rápida enumeración se destacan los siguientes casos:

1.- La financiera SGI “La Rosadita”, donde se sospecha que se ejecutaban importantes lavados de dinero.

2.- La causa Hotesur y Los Sauces, referida a la facturación de los hoteles de la familia Kirchner en Calafate. Las empresas viales de Lázaro Báez habrían pagado habitaciones que nunca ocuparon. Una maniobra similar se habría concretado con las tripulaciones de los vuelos de Aerolíneas Argentinas a El Calafate.

3.- La causa de la obra pública denunciada por Margarita Stolbizer. El gobierno adjudicaba obras millonarias a las empresas constructoras de Lázaro Báez y a su vez les otorgaba créditos y les favorecía con reestructuraciones de deuda por montos millonarios; como garantía del pago de esos préstamos “Báez cedía los mismos contratos de obra pública al Banco Nación y se quedaba con la plata”. Como resumió la Dra. Stolbizer, mediante esta operatoria el Estado le daba créditos a Báez y recibía como garantía de los préstamos los certificados de obra que el mismo Estado estaba comprometido a pagar. O en otras palabras: mediante los créditos así garantizados, el Estado pagaba la obra completa por adelantado aunque luego los trabajos quedarán inconclusos.

4.- El caso de la imprenta Ciccone donde en realidad ya ha sido condenado el ex Vicepresidente Amado Boudou, por haberse querido apropiar de esa firma a través de testaferros.

5.- La causa de la ruta del dinero K con cincuenta y cinco millones de euros transportados por vías diferentes en distintos tramos. La operación se inició mediante un traslado de dinero físico desde Santa Cruz a Buenos Aires y Montevideo. Ello ocurrió en el primer semestre del año 2011 en aviones privados que se desplazaban en vuelos nocturnos. A partir de allí las transferencias se hicieron por dinero electrónico a Panamá y Suiza.

6.- La causa de los cuadernos, es decir los sobornos pagados por empresarios de la construcción al momento de recibir adjudicaciones para realizar obras públicas en distintos lugares del país.

7.- A ello se agregan los escándalos financieros derivados de “sueños compartidos”, el programa de viviendas de las Madres de Plaza de Mayo, los dineros faltantes de Aerolíneas Argentinas y en Fútbol para Todos, entre muchos otros casos con derivaciones judiciales.

Entre el conjunto de personajes asociados con la corrupción sobresale Lázaro Báez, el “alter ego” de Néstor Kirchner. Ex cajero del Banco de Santa Cruz, a poco de llegar Kirchner a la gobernación de la Provincia, Báez pasó a integrar el Directorio del Banco y muy pronto se expandió comercialmente hacia la construcción, una productora de televisión, el petróleo, la actividad inmobiliaria, los automotores, la hotelería y hasta un club de fútbol. Ya en octubre de 2012, admitió ante la corresponsal de Cadena 3 que era propietario de siete estancias.

Un año después, en febrero de 2011, el sitio web del diario El País de España dio a conocer seis cables diplomáticos, enviados entre 2007 y 2009 por el embajador norteamericano acreditado por entonces en la Argentina, Anthony Wayne. Estaban dirigidos naturalmente a su país “alertando acerca del frágil sistema judicial y de la impunidad de quienes delinquen”.

Dicho todo esto, no nos quedaremos en la simple crítica, sino que aportaremos cinco ideas para el mejor desempeño del Poder Judicial.

En primer lugar y en relación a la Corte Suprema, ha sido una constante en la historia de la República, la ambición de distintos gobiernos en el sentido de ampliar el número de sus integrantes. De esta manera los oficialismos de turno, han tratado en forma reiterada de incorporar al máximo tribunal, juristas afines en número suficiente para generar una nueva mayoría que alivie al Poder Ejecutivo en causas que por distintos motivos sean urticantes. Por eso, nada mejor que establecer para el aumento de sus miembros, una mayoría calificada en ambas Cámaras legislativas.

En segundo término, ya hemos apuntado que el actual Consejo de la Magistratura no guarda el equilibrio necesario entre los representantes de la política y los exponentes de la vida judicial, es decir, jueces y abogados. Por tal motivo propiciamos la presencia de un letrado más con la matrícula federal correspondiente. De este modo habría seis miembros del parlamento con más el representante del Poder Ejecutivo por el lado de la política. A estos se integrarían los actuales tres jueces, los tres abogados como lo propiciamos en estas líneas, y por último, el representante del ámbito académico.

Como tercera observación, entendemos que debe garantizarse por ley, que se mantenga la participación de la Oficina Anticorrupción como querellante en todas las causas relacionadas con los delitos de naturaleza económica donde pueda resultar perjudicada la administración pública.

La duración del mandato del Procurador General de la Nación es una cuestión que debe quedar determinado con criterio que perdure en el tiempo. La mayoría exigida para su designación, debe mantenerse claramente como calificada.

Por último: el número de los Juzgados Federales es un asunto secundario frente a una reforma que debe mirar otro aspecto más importante del Poder Judicial: se impone sobre todo en orden a su funcionamiento una gran reforma procesal que reduzca plazos y la posibilidad de plantear recursos, nulidades y recusaciones irrazonables, imbuidas de un hipergarantismo que lleva la duración de las causas penales hasta el infinito. Todo ello sin que se afecte el principio del derecho a la defensa en juicio que consagra el artículo 18 de la Constitución Nacional.

Publicado en la revista nº 14 – Editorial Brujas. Córdoba. Argentina.

Acerca del autor

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Gustavo Orgaz

Doctor en Derecho y Ciencias Sociales por la Universidad Nacional de Córdoba.
Ex Juez Civil y Comercial en Córdoba.
Ex Profesor de la Universidad Nacional de Córdoba. Fue Titular de la Cátedra de Contratos y ex Profesor de Posgrado en la Maestría de Derecho Civil Patrimonial. Ex profesor de Derecho Deportivo, siempre en la misma Universidad.
Ex integrante del Departamento de Derecho Civil de la Academia de Derecho en Córdoba.

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Doctor en Derecho y Ciencias Sociales por la Universidad Nacional de Córdoba.
Ex Juez Civil y Comercial en Córdoba.
Ex Profesor de la Universidad Nacional de Córdoba. Fue Titular de la Cátedra de Contratos y ex Profesor de Posgrado en la Maestría de Derecho Civil Patrimonial. Ex profesor de Derecho Deportivo, siempre en la misma Universidad.
Ex integrante del Departamento de Derecho Civil de la Academia de Derecho en Córdoba.